Casa Bustamante Castrejón: Francisco Artigas

El arquitecto Luis Barragán, autor del proyecto residencial Jardines del Pedregal, fue quien ideó a mediados de la década de los cuarenta un proyecto de gran escala para urbanizar parcialmente al Pedregal de San Ángel con un lujoso fraccionamiento residencial. Sus intenciones de diseño, sumadas a la...

وصف كامل

محفوظ في:
التفاصيل البيبلوغرافية
المؤلف الرئيسي: Rivera García, Arturo
التنسيق: Online
اللغة:spa
منشور في: Facultad de Arquitectura, Universidad Nacional Autónoma de México 2018
الوصول للمادة أونلاين:https://www.revistas.unam.mx/index.php/bitacora/article/view/67075
الوسوم: إضافة وسم
لا توجد وسوم, كن أول من يضع وسما على هذه التسجيلة!
الوصف
الملخص:El arquitecto Luis Barragán, autor del proyecto residencial Jardines del Pedregal, fue quien ideó a mediados de la década de los cuarenta un proyecto de gran escala para urbanizar parcialmente al Pedregal de San Ángel con un lujoso fraccionamiento residencial. Sus intenciones de diseño, sumadas a la arquitectura construida en las primeras décadas, fueron consecuencia de un reglamento estudiado y elaborado por Barragán y Max Cetto, documento inspirado en el texto de Diego Rivera al que tituló “Requisitos para la organización del Pedregal,” publicado en 1946. Los principios y bases de ambos documentos, buscaban fomentar estrategias para realizar intervenciones puntuales que lograran integrarse en armonía para conservar la belleza natural del sitio, además de establecer características arquitectónicas para las nuevas edificaciones y así unificar la imagen urbana.Al tener complicaciones para adquirir la extensión total que conforma a la actual colonia, Barragán recurrió a los hermanos Bustamante Aguirre, quienes provenían de una prestigiosa familia conocida por sus ventas y desarrollos inmobiliarios. Fueron ellos quienes se encargaron de adquirir la mayor parte de los terrenos y de fundar la empresa Jardines del Pedregal de San Ángel S. A., en 1945.En un inicio Barragán presentó el proyecto ante el Departamento Central del Distrito Federal parasolicitar la autorización de la construcción de un fraccionamiento residencial de carácter campestre,uno de los requisitos fue que la lotificación debía partir de una hectárea de extensión como mínimo, condición que se cumplió durante los primeros años, sin embargo, en los años posteriores a 1950, la lotificación y venta de los siguientes predios comenzó a reducirse a terrenos que tenían desde los 4 000 hasta los 10 000 m2, de este modo el desarrollo de la primera sección motivo por el cual, en 1953 el fraccionamiento perdió su carácter de campestre según la regulación y se convirtió en un barrio másde la Ciudad de México, quedó constituida por los predios más grandes, mientras que en las etapas posteriores los nuevos terrenos fueron reducidos a 1 000 y 2 000 m2.