CAR y comunidades indígenas en el ordenamiento ambiental territorial. Análisis y propuestas en la determinación de competencias para el Post Acuerdo

La construcción de paz en los territorios tras la firma de los acuerdos de La Habana implicará la participación de la sociedad en la configuración del ordenamiento ambiental y territorial del país, marco en el cual las comunidades indígenas jugarán un papel trascendental; sin embargo, hasta el momen...

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التفاصيل البيبلوغرافية
المؤلف الرئيسي: PABM, Alejandra Bayona Molano
التنسيق: Online
اللغة:spa
منشور في: Universidad Nacional de Colombia - Sede Bogotá - Facultad de Artes - Instituto de Investigaciones Hábitat, Ciudad & Territorio 2016
الوصول للمادة أونلاين:https://revistas.unal.edu.co/index.php/bitacora/article/view/58538
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الملخص:La construcción de paz en los territorios tras la firma de los acuerdos de La Habana implicará la participación de la sociedad en la configuración del ordenamiento ambiental y territorial del país, marco en el cual las comunidades indígenas jugarán un papel trascendental; sin embargo, hasta el momento, las actuaciones de muchas entidades nacionales, específicamente las CAR, han contrariado la autonomía, autogobierno y autodeterminación de los pueblos indígenas. El presente artículo pretende responder al interrogante acerca de ¿Cuáles deben ser los criterios para conciliar las competencias entre las autoridades estatales, específicamente las CAR, y las autoridades indígenas, con respecto a la protección del ambiente como soporte para dar viabilidad al ordenamiento territorial en el marco de la construcción de una paz estable y duradera? Para tal fin se empleó el análisis jurisprudencial en el planteamiento de la problemática. A partir de este estudio se ha demostrado la necesidad de ampliar y fortalecer las competencias de las autoridades indígenas en el ordenamiento ambiental territorial, como medida colectiva de reparación y como reconocimiento a sus saberes ancestrales en la gestión ambiental y territorial, en el marco de la participación como principio constructor de paz.