For the constitutional right to food for Chilean cities: healthy, sustainable and local.

En mayo de 2021, Chile eligió democráticamente a las personas que formarán parte de la Asamblea Constituyente y que redactarán unanueva constitución. Durante los últimos meses diversos temas emergieron como propuestas de los/as candidatos/as para ser debatidose introducidos en la futura Carta Magna...

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מידע ביבליוגרפי
מחבר ראשי: Zazo-Moratalla, Ana
פורמט: Online
שפה:spa
eng
יצא לאור: Universidad del Bío-Bío, Chile 2021
גישה מקוונת:https://revistas.ubiobio.cl/index.php/RU/article/view/4809
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סיכום:En mayo de 2021, Chile eligió democráticamente a las personas que formarán parte de la Asamblea Constituyente y que redactarán unanueva constitución. Durante los últimos meses diversos temas emergieron como propuestas de los/as candidatos/as para ser debatidose introducidos en la futura Carta Magna de Chile. Entre ellos, se encuentra el derecho a la alimentación, el cual es un derecho humanorecogido en el artículo 12 del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos,sociales y culturales “Protocolo de San Salvador”, en el que se indica que no sólo toda persona tiene derecho a nutrición adecuada, sino quelos Estados “se comprometen a perfeccionar los métodos de producción, aprovisionamiento y distribución de alimentos, para lo cual secomprometen a promover una mayor cooperación internacional en apoyo de las políticas nacionales sobre la materia”. Chile adhirió alpacto, sin embargo, este aún no ha sido ratificado en el Congreso. La ratificación o la inclusión en la futura constitución convertiría estederecho en un deber del Estado exigible y, por tanto, judicializable.